Ciudad de México.- Hace unos días, el Senado aprobó la Ley General contra la Tortura, con el respaldo de 90 votos a favor y ninguno en contra; con ella, se busca prevenir, investigar y sancionar la tortura y otros tratos o penas crueles inhumanos.
Aunque la ley debió ser creada en enero de 2016, su aprobación en ambas cámaras es vista con buenos ojos por defensores de derechos humanos, sin embargo, consideran que aún tiene un reto que enfrentar.
El reto está en la verdadera aplicación de la ley y "no en falsas interpretaciones que evadan la responsabilidad del Estado", dice Andrés Díaz Fernández, abogado e investigador de Fundar.
Explica que para los defensores de derechos humanos, pese a ser un producto legislativo con todo lo que ello representa, es muy positiva la aprobación de esta ley, porque mejora el marco normativo sobre la tortura.
"No es que no existiera antes, había algunas leyes, algunos criterios, pero muchas interpretaciones habían querido evadir la responsabilidad del Estado mexicano y, sobre todo, no atendían a la causa de la tortura ni a la incidencia en la materia penal.
Díaz Fernández destaca el artículo 50 sobre la exclusión de la prueba ilícita y sobre el cual se habían planteado ciertas excepciones.
La exclusión de la prueba ilícita se refiere a que las pruebas que son utilizadas en un juicio, pero que vengan de una práctica de tortura, ya no serán aceptadas.
"Comúnmente eran aceptadas en el país. Por ejemplo, el caso más sonado es la confesión. Es cierto que en el nuevo sistema de justicia penal acusatorio, la confesión en vida ante autoridades ministeriales no tiene valor, sólo lo que se diga ante el juez, pero aún así ha habido algunos caso donde sí se valora lo que dijo una persona ante el ministerio público aunque haya sido por tortura."
Abunda en que no sólo en la confesión puede haber tortura, también en la llamadaconfesión cruzada.
"Es decir yo señalo al compañero o al coacusado y él me señala a mí, yo no estoy confesando, pero estoy señalando a una persona o cuando a una persona la obligan a tomar alguna arma o poner sus huellas en algunos lugares sujetos de prueba".
CAMBIANDO EL PARADIGMA
Para el analista, esta ley va a cambiar el paradigma de las investigaciones, porque no solo presupone el respeto a los derechos humanos de los acusados, tambiénobligará a las personas que procuren la justicia, policías, ministerios públicos a investigar profesionalmente.
Señala que, una vez que sea promulgada por el Ejecutivo, los cuerpos policiacos, ministerios públicos y jueces, van a tener que aplicarla y, señala, "va a haber mucha resistencia desde ese lado."
Se tiene que capacitar para hacer bien el trabajo, la mejor capacitación es ya no torturar.Andrés Díaz Fernández
La ley prevé además una sanción a los superiores jerárquicos, pues no sólo tortura el que lo hace materialmente, sino también quien la permite, manifiesta.
"El mensaje más claro de esta ley es que debe combatir la impunidad, porque la ilusión del combate a la impunidad que se ha planteado el Estado mexicano, iba en la fabricación de delincuentes. Con esta ley, esperamos que la gente que tenga que pagar algún delito, sea la que realmente lo hizo y no gente que inventen para llenar estadísticas y registro."
LA RUTA DE LA LEY
El investigador de Fundar señala que aunque el marco jurídico ya estaba creado, era interpretado de manera errónea.
Si nos vamos a la historia, a los Sentimiento de la Nación y José María Morelos, se prohíbe la tortura, pero lamentablemente ésta ha sido una práctica constante en el Estado mexicano.Andrés Díaz Fernández.
"Otro periodo mayor es la Guerra Sucia, el periodo de contrainsurgente, luego viene una ley general en los ochentas, otra en los noventas, que son solamente para el ámbito federal y esta ley que se aprobó es general, es decir se va a aplicar en todos los estados, pues aunque ya tenían sus propias tipificaciones de la tortura, había variaciones."
Fue en el año 2015 cuando se modificó el artículo 73 de la Constitución mexicana y, con ello, se facultó al Congreso para legislar sobre tortura y desaparición forzada.
"Cuando se hace la modificación, se dio un plazo de 180 días para que se aprobaran esas leyes, ese plazo terminó en enero de 2016, bajo ese mandato de los propios legisladores sí está fuera de tiempo esta ley, pero nosotros, como organizaciones, pensamos que era mejor tener una buena ley a una bien mal hecha", aclara Díaz Fernández.
El acompañamiento de las organizaciones sociales inició en 2015.
"El 10 de diciembre de 2015, Día de los Derechos Humanos, Peña Nieto entrega las iniciativas de desaparición forzada y de tortura, pero con contenidos que no se habían acordado previamente y decimos que esa batalla en ese momento se perdió.
"En el Senado, el año pasado se saca un producto bueno, con algunas cosas no tan buenas, como la excepciones a la prueba ilícita, luego se va a diputados, donde se tarda un rato. En diciembre intentaron aprobar un dictamen, pero estaba muy mal, lo retiraron y ya para este año, logramos modificar algunas cosas".
El experto recuerda que en el dictamen que pasó de los diputados a los senadores, se perdió el tema de la georreferenciación.
"Era importante, porque así se podían localizar a las patrullas con personas detenidas, porque está documentado que la mayor cantidad de casos de tortura acontece durante el traslado de las personas, desde su captura hasta el punto donde permanecen detenidos."
PUNTOS A DESTACAR:
*Establece la prohibición absoluta a la tortura y los tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes se encuentran prohibidos de manera estricta, completa, incondicional e imperativa.
*No será válida ninguna declaración o prueba, cuyo originen tengan un acto de tortura, abuso, o trato cruel inhumano.
*Por primera vez, se encarcelarán a policías que ejerzan abuso de poder sin justificación alguna.
*Los superiores jerárquicos (policiales) serán considerados autores del delito de tortura en los términos de lo previsto en la legislación penal aplicable.
The Huffington Post México.